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10 »Si un hombre le pide a su vecino que le guarde un burro, una oveja o cualquier otro animal, y este muere, se hace daño, o se pierde, y no hay testigos que puedan dar cuenta de lo que ocurrió, 11 el vecino deberá jurar ante el Señor que no lo ha robado; y el propietario deberá aceptar su palabra, y no se hará restitución por ello. 12 Pero si el animal o la posesión del otro han sido robados, el que lo tenía en custodia deberá hacer restitución al propietario.

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